Capacitación sobre el nuevo Código Civil y Comercial
La Bolsa de Comercio de Buenos Aires, la Caja de Valores y el Banco de Valores organizaron, junto con la Universidad del Centro de Estudios Macroeconómicos de Argentina (UCEMA), un Programa de Desarrollo Profesional sobre la temática del nuevo Código Civil y Comercial. Esta actividad, que estuvo destinada a los profesionales del Sistema Bursátil Argentino, significó 60 horas de capacitación distribuidas en 15 encuentros desarrollados en salones de la BCBA.
El pasado 15 de octubre se desarrolló la última jornada del Programa, organizada por la UCEMA y la publicación jurídica La Ley. Dicho encuentro contó con la presencia de Jorge Alterini, director de la revista La Ley, y Pablo Heredia, director de la revista Código Civil y Comercial. Los invitados compartieron un panel moderado por José Pablo Dapena, director del Departamento de Finanzas de UCEMA.
Jorge Alterini ha sido un partícipe fundamental de la reforma y unificación del Código Civil y Comercial, ya que colaboró con la redacción de proyectos previos que sirvieron como fuentes de la nueva normativa. En 1987, fue Miembro de la Comisión Asesora ad honorem de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que redactó el “Proyecto de Unificación Legislativa Civil y Comercial”, que resultó aprobado por ambas cámaras pero fue vetado por el Poder Ejecutivo; también fue Miembro de la Comisión Federal Asesora ad honorem de la cámara baja que entregó, en 1993, un Proyecto de Código Único Civil y Comercial, que obtuvo media sanción por unanimidad en ese Cuerpo; además, es Coautor honorario del Proyecto de Código Civil de 1998. Con tales antecedentes, la disertación de Jorge Alterini resultó interesante desde el punto de vista de la experiencia y del contenido. Específicamente, el jurista comentó el impacto que tendrá el nuevo Código en institutos tales como las obligaciones en moneda extranjera, el dinero, las monedas y las hipotecas abiertas, entre otros.
A su turno, Pablo Heredia, Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, se refirió al derecho transitorio; la aplicación del nuevo Código a las distintas relaciones y situaciones jurídicas y sus efectos en el tiempo; las reglas de aplicación y las excepciones; los límites a la aplicación retroactiva de la Ley; las garantías constitucionales; y la aplicación a los juicios en trámite.