Protocolo de actuación (SOE)
Nuevo protocolo de actuación del TAGBCBA – sistema online de expedientes electrónicos (SOE).
El Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires decidió migrar su funcionamiento al Sistema Online de Expedientes Electrónicos (“SOE”), con el fin de que todas las partes, letrados y auxiliares puedan acceder y actuar en las causas en que intervienen de manera remota.
La medida se dispuso con la más absoluta convicción de que ello facilitará la tarea de los profesionales en el nuevo contexto de avances tecnológicos, dándose comienzo al funcionamiento del SOE a partir del 16 de mayo de 2022, conforme las pautas que se detallan a continuación:
1.- ALTA “SOE” – BAJA PROTOCOLO
El Sistema Online de Expedientes Electrónicos del Tribunal Arbitral entrará en vigencia a partir del día 16 de mayo de 2022.
A partir de dicha fecha, queda sin efecto el Protocolo de Atención al Público del Tribunal Arbitral (“Protocolo”) creado en el mes de agosto del año 2020 a raíz de la situación sanitaria por el Codiv-19, como así también todo su sistema de turnos, presentaciones de escritos y envío de notificaciones electrónicas a través del correo electrónico institucional.
EXCEPCIONES: Para todas aquellas causas que se encuentren tramitando la etapa procesal de alegar o cualquier etapa posterior, los profesionales deberán continuar con el sistema adoptado en el protocolo anterior, sin necesidad de ingresar al SOE. Los profesionales podrán ingresar a dicho protocolo mediante el siguiente link:
A partir del día 16 de mayo de 2022, todas las presentaciones deberán realizarse a través del SOE, conforme el mecanismo descripto en el pto. 3.
Se admitirá de manera excepcional, el envío de presentaciones a la casilla de mail del Tribunal (tribunaldearbitraje@labolsa.com.ar), hasta el día 20 de mayo de 2022 inclusive, sólo para los casos en que las partes, abogados o peritos tengan inconvenientes con la presentación de escritos mediante el SOE, debiendo acreditar la falla arrojada por el sistema con la captura de pantalla correspondiente en el cuerpo del mail.
A partir de la entrada en vigencia del SOE, las causas se encontrarán solamente en formato digital. Para lo cual las partes, abogados o peritos podrán concurrir al Tribunal a partir del 16 de junio de 2022, muñidos de un pendrive para grabar la causa que se encontrará escaneada con los movimientos procesales previos al 16 de mayo de 2022, fecha de inicio del nuevo sistema.
Se admitirán consultas relativas al sistema o a las causas en trámite, las que deberán ser remitidas únicamente en forma electrónica a la casilla de mail del Tribunal (tribunaldearbitraje@labolsa.com.ar).
2.- REGISTRO
Las partes, abogados y peritos que no se encuentren registrados, deberán completar el formulario de registro para tener acceso al Sistema Online de Expedientes Electrónicos, el que deberá ser completado en forma digital para luego ser impreso y presentado ante el Tribunal Arbitral de lunes a viernes de 13 a 17 hs. El formulario deberá ser firmando sin excepciones ante el personal del Tribunal Arbitral.
Se recuerda que el formulario es uno sólo por profesional (solo se admitirá un apoderado y patrocinante por causa), debiéndose consignar todas las causas en que sean parte en ese único formulario. No se admitirá la actuación de ningún tipo en las causas en trámite bajo la modalidad establecida en el Protocolo, por no encontrarse debidamente registrado.
El formulario e instructivo se podrán bajar de los siguientes links:
3.- PRESENTACIONES
A los fines de facilitar el control y verificación de las presentaciones efectuadas en formato digital, ordenar el procedimiento, resguardar el adecuado ejercicio del derecho de defensa, optimizando a la vez la tarea de las partes y del Tribunal, en procura de la mayor eficiencia y economía procesal, se hace saber que:
3.1. Las presentaciones sólo podrán ser realizadas mediante el SOE, y a través de la solapa “Presentación nuevo escrito”.
Las presentaciones podrán efectuarse a través de la mera transformación del archivo “Word” al formato “PDF”. Se evitará así, la necesidad de escanear y/o tomar copias fotográficas de las mismas para su posterior carga al sistema.
El SOE admite todo tipo de “PDF”, siendo el recomendable el Tipo “A1 B”.
A continuación se consigna el link para el ingreso al Instructivo de funcionamiento del sistema:
3.2. LETRADO APODERADO/ PATROCINANTE: Cuando la parte actúe con patrocinio letrado, éste deberá realizar las presentaciones en soporte digital, incorporando en el escrito solo la firma ológrafa del patrocinado (cliente). En caso que el abogado actúe como apoderado, solo deberá enviar el escrito digital sin firma (la misma se encontrará validada mediante el ingreso de la clave de acceso).
3.3. Las presentaciones de los escritos y/o documentos digitales deberán efectuarse de la siguiente forma:
– Un (1) archivo único por cada escrito que se presente, con una descripción breve y clara de su contenido, caso contrario, no será despachado (ej.: Contesta traslado de fecha …., Interpone recurso de ….., Manifiesta …., Solicita ….., etc.);
– Un (1) archivo que contenga agrupadamente la documental que se desee adjuntar, enumerándola por anexos. El tamaño máximo que soporta el sistema es de 5MB por archivo. En caso de ser necesario adjuntar mayor cantidad de archivos, que excedan del límite consignado, deberán agruparlos por tipo y detallar claramente en su descripción el contenido y en su caso número de orden sobre el total, con sus páginas debidamente ordenadas en forma secuencial, orientadas para su adecuada visualización y perfectamente legibles.
El incumplimiento de algunos de los recaudos antes indicados o la falta de subsanación oportuna -que será advertida por el Tribunal-, facultará a tener por no efectuada la presentación de que se trate.
3.4. Se mantiene la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico (deberá ser la misma casilla de email denunciada en el formulario de registro) y cumplir con las siguientes formalidades en cada escrito:
(i) Carátula de la causa, con número de expediente.
(ii) Parte a la que se representa, aclarando si es apoderado o patrocinante, con número de matrícula (el profesional podrá encontrarse matriculado en cualquier jurisdicción).
(iii) Domicilio procesal constituido (dentro del ámbito de la CABA),
(iv) Domicilio electrónico constituido (dirección de correo electrónico denunciada en el formulario de registro) y
(v) un teléfono de contacto (convenientemente de línea y celular).
El incumplimiento de algunos de los recaudos antes indicados -que será advertida por el Tribunal-, facultará a tener por no efectuada la presentación de que se trate.
4.- NOTIFICACIONES
Las resoluciones adoptadas por el Tribunal durante el trámite de la causa se tendrán por notificadas automáticamente los días martes y viernes (o el próximo día hábil siguiente si alguno de ellos fuera feriado), para lo cual los profesionales deberán ingresar al sistema para anoticiarse de los movimientos.
Una vez despachados los escritos, los profesionales podrán recibir un email de cortesía en sus domicilios electrónicos constituidos, informado la existencia de movimientos en la causa, pero ello no será considerado notificación.
EXCEPCION: el Tribunal Arbitral únicamente notificará por correo electrónico a las casillas de emails constituidas por las partes, las resoluciones indicadas en el art. 29 del Reglamento Orgánico, las interlocutorias y el laudo dictado por los Árbitros, o las que en el futuro se determinen por reglamentación, todas en formato PDF con la firmas originales del Secretario y/o Arbitros.
Respecto de los traslados de demanda, se efectuarán mediante carta documento, acta notarial o sistema adoptados por las partes en la cláusula compromisoria.
Para tranquilidad de todos los profesionales, el SOE cuenta con un servidor denominado “Lex Doctor Validador”, donde se almacenan todas las constancias de movimientos gestionados en cada causa, con su número de trámite respectivo.
5.- INICIO DE DEMANDAS y/o MEDIACIONES– CONTESTACIONES.
Para la iniciación de nuevas demandas o mediaciones, y presentación de contestaciones de demanda/reconvenciones, deberá previamente solicitarse turno a la dirección de correo electrónico: fgil@labolsa.com.ar
En el asunto del correo electrónico deberá consignarse “SOLICITUD DE TURNO PARA …. (consignar el trámite a realizar)”.
El día del turno asignado, la persona autorizada deberá presentarse en la mesa de entradas del Tribunal para hacer entrega, en soporte papel, del escrito de demanda/mediación y de toda la documentación ofrecida como prueba, con tantas copias como partes demandadas/requeridas haya, y acompañar en el mismo acto un pendrive conteniendo los archivos digitales divididos por anexos.
En caso de no encontrarse registrado con anterioridad, el profesional deberá dar cumplimiento al trámite de registración conforme lo indicado en el pto. 2 del presente protocolo.
Posteriormente el profesional deberá subir en forma digital al SOE el escrito (demanda, mediación, contestación de demanda/reconvención) y su documentación, de conformidad con lo dispuesto en el pto. 3 del presente protocolo. Los escritos que sean subidos al sistema deberán contener la firma de la parte y/o letrados, con el sello de recepción del Tribunal donde conste la fecha y hora de su presentación física.
Luego de despachada la contestación de la demanda, o sustanciada la contestación a la reconvención, las sucesivas presentaciones los profesionales deberán enviarlas únicamente en forma digital al SOE, sin necesidad de su presentación en soporte papel.
6.- INFORMES PERICIALES:
Los peritos designados por el Tribunal deberán, en el plazo que corresponda, subir en forma digital al SOE el informe pericial y las respuestas a las observaciones y/o impugnaciones y/o aclaraciones, según lo dispuesto en el punto 3 del presente. Dentro de los 5 días de subidos dichos escritos, deberá el perito presentar una copia en formato papel, en la sede del Tribunal.
7.- ALEGATOS:
Los profesionales dentro del plazo que corresponda, deberán subir los alegatos en forma digital al SOE, según lo dispuesto en el punto 3 del presente. Dentro de los 5 días de subido, deberán presentar una copia en formato papel en la sede del Tribunal.
8.- OFICIOS / TESTIMONIOS
Los oficios y/o testimonios deberán enviarse para su confronte en formato Word -una vez ordenado por el Tribunal-, a la siguiente casilla: tribunaldearbitraje@labolsa.com.ar, desde la dirección de correo electrónico que haya constituido la parte/abogado/perito.
Si el instrumento debe ser dirigido a cualquier tribunal judicial, luego de confrontado y firmado por el Tribunal, se enviará en formato PDF al domicilio electrónico constituido por la parte/abogado/perito para su posterior ingreso a la web del Poder Judicial. En caso de así ser solicitado, el instrumento podrá ser entregado en formato papel en la sede del Tribunal, previa solicitud de turno a la casilla fgil@labolsa.com.ar.
En los casos de oficios dirigidos a entes públicos o privados, luego de aprobado el confronte, deberán ser suscriptos y diligenciados directamente por los letrados sin intervención del Tribunal.
Se podrá consignar en los oficios la dirección de correo de este Tribunal (tribunaldearbitraje@labolsa.com.ar) para que las respuestas sean remitidas directamente en forma electrónica. Luego las respuestas serán incorporadas al sistema por el personal del Tribunal para su posterior visualización de los profesionales.
9.- FIRMA DE PROVEIDOS y LAUDOS:
En atención a la inexistencia de firma digital por parte del Director del Procedimiento, atento al sistema validador interno con que cuenta el lex utilizado por el Tribunal, las providencias se considerarán legalmente firmadas por quien figure con nombre y cargo en el final del proveído, sin firma ológrafa.
Respecto de las resoluciones y/o laudos suscriptos por los árbitros, serán firmadas de manera ológrafa por ellos y luego subidos al SOE en formato PDF.